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Instrucciones sobre organización y funcionamiento del personal municipal

Instrucciones sobre organización y funcionamiento del personal municipal

Resolución de Alcaldía nº 45 / 2020

 

INSTRUCCIONES SOBRE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PERSONAL MUNICIPAL ANTE EL ESTADO DE ALARMA DECRETADO POR EL GOBIERNO POR LA SITUACION DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

 

El Real Decreto 463/2020 del sábado 14 de marzo de 2020 declaró el estado de alarma en España debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, después de que la OMS elevara el 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por este virus a pandemia internacional.

 

Estamos pues, ante una situación excepcional derivada de la pandemia del Coronavirus, que ha supuesto que, a su vez, el Gobierno del Principado de Asturias adopte una serie de medidas t excepcionales derivadas de esta emergencia de salud pública causada por este patógeno (Resolución de 13 de marzo de 2020, de la Consejería de salud, por la que se adoptan medidas en materia de salud pública en relación con espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones del Principado de Asturias).

 

De conformidad con el Art 6 del Real Decreto de alarma, cada administración conserva las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios y en tanto que los ayuntamientos somos la administración más cercana al ciudadano, prestando una serie de servicios a los mismos, algunos de los cuales se consideran esenciales o básicos.

 

En consecuencia debemos compatibilizar y garantizar la prestación de los servicios esenciales con minimizar el riesgo de contagio entre sus trabajadores.

 

Con el objetivo de que la prestación de estos servicios municipales se vea afectada en la menor medida posible por la crisis sanitaria sin precedentes que estamos viviendo y por la propia declaración del estado de alarma y teniendo en cuenta las recomendaciones de los organismos sanitarios competentes, y atendido que el edificio de la casa consistorial esta cerrado al público ,se establecen las siguientes instrucciones para la organización del personal dependiente de este Ayuntamiento:

 

PRIMERA : Se consideran servicios básicos o esenciales en el Ayuntamiento de Peñamellera Baja los siguientes:

 

Alumbrado Público.

Recogida de residuos.

Limpieza Viaria.

Abastecimiento domiciliaria de agua potable.

Alcantarillado.

Ayuda a Domicilio y Teleasistencia

Limpieza de edificios y dependencias municipales.

Atención a la Ciudadanía (telefónica y telemática)

Servicio de Informática.

Servicio de Obras y Urbanismo.

Parques y jardines.

Secretaría ,Intervención y Tesorería

En estos servicios trabajará el 100% de la plantilla.

 

SEGUNDA : Para el personal de los servicios de oficina que deben trabajar el 100 % se les dará opción del teletrabajo en aquellos puestos en que esto sea posible y /o alternar el teletrabajo con la presencia en los supuestos en que esta se requiera. En todo caso y mientras dure esta situación se primará el teletrabajo controlado por el responsable del servicio.

Si se opta por el teletrabajo y la suma entre jornada de teletrabajo y presencial suma el total de la jornada de trabajo no será preciso la recuperación de horas. En el supuesto de que se trabajen menos horas se procederá a su recuperación.

 

TERCERA : Para el personal municipal del exterior que deben desempeñar la jornada al 100 % y que en este momento está compuesto por 5 personas se harán tres unidades de trabajo: dos de dos personas y una de una persona Las uniones de las dos personas deben de ser siempre las mismas para evitar el riesgo de contagio de las tres unidades. No deberán ,en ningún caso,relacionarse y actuar en sitios diferentes respetando todas las medidas para evitar el contagio.

Para estos trabajadores también se ofrece la siguiente opción si no pueden cumplirse las recomendaciones de seguridad al 100% :

La plantilla podrá rotar al 50% en días alternos.

La jornada laboral podrá dividirse en dos medias jornadas, realizando cada media jornada el 50% de la plantilla

Los trabajadores que se acojan a esta opción deberán recuperar las horas no realizadas cuando finalice esta situación recuperando de una hora ,mínimo ,a tres horas máximo al dia, hasta que se recuperen, sin fijar plazo .

 

CUARTA: Para el personal que atiende el Polideportivo y Biblioteca, que han sido suspendidos y que no constituyen servicios esenciales y son prestados unicamente por una persona se les da la opción de solicitar permisos extraordinarios retribuidos por el tiempo que dure el estado de alarma. Los trabajadores que se acojan a esta opción deberán recuperar las horas no realizadas en el plazo máximo de 3 años .En el caso de que su relación con el Ayuntamiento dure menos de ese periodo ,deberá recuperarlas en el tiempo que le quede de relación laboral con el mismo. Esta misma opción queda abierta para el personal de limpieza del colegio en tanto que éste está cerrado.

 

QUINTA : Igualmente los trabajadores municipales con patologías previas graves ,inmuno - depresivos o embarazadas ,así como aquellos que tengan encomendado el cuidado de hijos menores de 14 años ,personas dependientes o mayores podrán permanecer en sus domicilios solicitando permisos retribuidos ,siendo incompatible solicitarlo si ya existe en el domicilio o núcleo familiar otra persona que disfrute de un permiso similar . Estas situaciones deberán acreditarse convenientemente a través de certificados o declaraciones responsables. Las horas no trabajadas también deberán recuperarse.

 

SEXTA : Respecto al Taller de Empleo, que esta formado por 9 alumnos y dos técnicos y en tanto que el mismo termina el día 31 de Marzo de 2020, se haga un diseño del trabajo para los días que faltan de modo que se fijen trabajos, estableciendo un área individual para cada uno y separado en los diferentes espacios que deban cubrirse, cumpliendo con todas las medidas de prevención establecidas , con la finalidad de que se cumplan los objetivos del plan para que las obras del mismo queden terminadas y las medidas de prevención de los trabajadores adoptadas.

 

SEPTIMA . Respecto al Servicio de Ayuda a Domicilio ,y en tanto que los usuarios de este servicio constituyen uno de los colectivos con mayor vulnerabilidad ante la infección por COVID-19 por varios motivos: habitualmente presentan patología de base o comorbilidades; suelen presentan edad avanzada; tienen contacto estrecho con otras personas (sus cuidadores) y otros convivientes, y siendo el objetivo mantener y priorizar la atención a las personas usuarias y preservar la seguridad en el trabajo para evitar contagios en la prestación se establecen las siguientes instrucciones :

 

a) Se realizará por los servicios sociales municipales un informe diario de la situación de los usuarios del servicio de ayuda a domicilio, teleasistencia ,que determinará donde se puede reducir el servicio puesto que así lo han solicitado o por que pueden ser atendidos por sus familias y donde es necesario prestar el servicio por que están solos o por que sea preciso, puesto que no pueden ser atendidos por los familiares .También se realizara un informe de otras situaciones de colectivos vulnerables del municipio respecto a la necesidades de servicios de farmacia y alimentación para lo cual está disponible el teléfono municipal 985 41 40 08 y se realizarán dichas prestaciones en el horario de 9 a 14 horas .

 

b) Tras el informe diario se procederá a reducir el servicio ,a mantenerlo o a establecer un servicio nuevo para los colectivos que no estén incluidos respecto a la prestación de servicios alimentarios ,farmacia u otros de primera necesidad.

 

c) Las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio deberán hacer su trabajo con los equipos de protección adecuados extremando las medidas higiénicas debiendo usar batas desechables para uso individual en cada domicilio, mascarilla y guantes desechables. El material desechable se eliminará en la basura de cada domicilio.

( Estamos a la espera de este material y hasta que se disponga del mismo se deberán extremas las medidas )

 

d) Las horas realizadas, en mas o menos, por las trabajadoras del Servicio de Ayuda a Domicilio siguen el mismo régimen de regularización establecido en su contrato de trabajo y se incluirán en la regularización cuatrimestral con el mismo criterio para las horas negativas y para las horas de exceso que existe .

 

OCTAVA : Es común a todos los servicios lo siguiente :

 

Los trabajadores y trabajadoras que desempeñen su función en el interior deben de estar separados ,al menos 1,5 metros de distancia y se recomienda que no haya más de dos personas en cada estancia ( oficinas municipales ) por lo que se habilitaran otras estancias en el interior del edificio ( casa consistorial ) para que esta medida se cumpla.

 

Para el personal que deba acudir presencialmente para la prestación de servicios, se recomienda adoptar medidas generales de protección individual de enfermedades respiratorias, tales como:

¿ Higiene frecuente de manos (con agua y jabón o soluciones alcohólicas).

¿ Respetar una distancia de un metro y medio con las demás personas.

¿ Cubrir la boca y nariz al toser o estornudar y lavarse las manos seguidamente.

 

NOVENA : En el interior de los edificios en que haya presencia de trabajadores ,como en la Casa Consistorial y en las estancias que están ocupadas por los mismos ,se procederá a reforzar el servicio de limpieza con las siguientes instrucciones:

 

Limpieza DIARIA de superficies de trabajo como mesas, mostrador, ordenadores (teclado, ratón, pantalla) y la fotocopiadora

Limpieza DIARIA de los pomos de las puertas (tanto de las existentes en las entradas de las oficinas como las de los aseso), barandillas, interruptores de la luz, teléfonos, grifos y suelos, con los productos de limpieza desinfectantes con efecto virucida.

Ventilación DIARIA de las áreas de trabajo, abriendo las ventanas de los despachos (oficinas del Ayuntamiento, oficinas de Urbanismo y Taller de Empleo).

La limpieza general se hará siempre en húmedo desde las zonas más limpias a las mas sucias . Queda prohibida la limpieza en seco.

Todo el material desechable del del lugar de trabajo ( jabón papel guantes ) debe de ser desechado y las bolsas de basura deben de ser de un solo uso .

Fregado de suelos diariamente con lejía, amoniaco o fregasuelos.

 

DECIMA : Para facilitar desde el Ayuntamiento a los vecinos de Peñamellera Baja la información que sea preciso comunicarles y ante la situación de confinamiento ,se abre un canal de difusión a través de la aplicación de WhatsApp, que salvaguarda la privacidad de los números de teléfono de los vecinos. Para recibir el mensaje que difunda el Ayuntamiento es imprescindible que cada vecino incluya el teléfono municipal entre sus contactos de WhatsApp. El numero del teléfono municipal que debe incluirse es el siguiente : 681173843.

 

En virtud de lo excepcional y cambiante de la actual situación, desde esta Alcaldía se podrá ir modificando, implementando o introduciendo los cambios que en cada momento se considere oportuno para conciliar el correcto funcionamiento d ellos servicios públicos que e Ayuntamiento presta ,con las indicaciones que haya de tratar de mitigar el impacto y a extensión del COVID 19 .

 

Desde este Ayuntamiento se agradece a todo su personal su colaboración ,esfuerzo y entrega en estos momentos tan delicados y excepcionales ,en los que más que nunca debemos proporcionar a la ciudadanía la serenidad y los cuidados necesarios, transmitiéndoles que los servicios públicos municipales siguen a su disposición.

 

EL ALCALDE

JOSE MANUEL FERNÁNDEZ DÍAZ

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